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Permanecerán en vigor hasta el 27 de septiembre.
Decae el ‘Toque de queda’
Desde el 7 de septiembre
Plena libertad de moviemiento con el fin de las limitaciones nocturnas.
Reuniones y Grupos
Desde el 7 de septiembre
Desaparece el límite de reunión de 10 personas en las casas o en las calles.
No se puede fumar sin una distancia interpersonal de 2 metros.
Ocio Nocturno
Desde el 7 de septiembre
Vuelve a abrir hasta las 3 de la madrugada, sin que puedan aceptar pedidos de consumiciones a partir de las 02.30 horas.
Aforo del 50% en interior y del 100% en terrazas.
El consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas. Se permite el uso de la barra únicamente para la retirada de las consumiciones, pero no para el consumo.
No se permite el baile ni interiores ni exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto.
Hostelería y Restauración
Desde el 7 de septiembre
Mesas de un máximo de 10 personas en exteriores.
Aumenta el número de 6 a 8 personas por mesa en interiores manteniendo el aforo al 50%..
El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo..
Se podrá recoger el pedido en barra, pero el consumo de alimentos y bebidas se hará exclusivamente e la zona de restauración.
El uso de mascarilla es necesario cuando no se esté consumiendo. Prohibido fumar.
Se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública las 24 horas del día, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.
Deportes
Desde el 7 de septiembre
Los eventos deportivos en recintos cerrados podrán celebrarse al 50% de su capacidad y con un máximo de 1.500 personas.
Para los equipos de la LFP y la ACB se amplía el aforo al 60% y con un máximo de 20.000 personas al aire libre y de 4.000 en espacios cerrados.
En instalaciones deportivas abiertas o al aire libre el aforo máximo es de una persona por cada 2,25m2 de superficie útil.
En instalaciones deportivas cerradas o de interior: aforo al 50% o un máximo es de una persona por cada 2,25m2 de superficie útil.
Vestidores y duchas al 50% de su capacidad.
Piscinas recreativas y spas: aforo permitido del 50% en interiores y aforo del 75% en exteriores.
Limitaciones Comercio
Desde el 9 de mayo
Comercios y mercados de venta no sedentaria (“mercadillos”) abiertos con un 75% de aforo.
No está permitido el uso de zonas comunes y recreativas de parques comerciales, excepto para el tránsito entre establecimientos comerciales.. Se prohíbe la venta de alcohol durante la franja horaria comprendida entre las 22:00 horas y las 7:00 horas del día siguiente.
Eventos masivos
Desde el 7 de septiembre
No se pueden realizar verbenas, discomóviles, karaokes y actuaciones esporádicas o amateurs de canto.
Los eventos que puedan implicar aglomeración de personas podran realizarse:
Aforo del 50% y un máximo de 1.500 asistentes en interiores.
Aforo del 75% y un máximo de 3.000 asistentes en interiores.
El consumo de alimentos y bebidas se hará exclusivamente en la zona de restauración. No se permite fumar..
Cine, artes escénicas, circos
Desde el 10 de julio
Cines, cines de verano, autocines, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos con un aforo del 75%.
En las atracciones de feria que dispongan de filas de asientos, podrá ocuparse el 50% de cada fila. Si no se puede mantener la distancia mínima de seguridad se reducirá el aforo hasta el 50%.
Entradas numeradas con registro de asistentes o preasignación de localidades. Acceso gradual. El público deberá estar sentado
Aperturas de locales de fiestas para la realización de sus actividades habituales en las franjas horarias de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 23:00 horas, sin que se pueda consumir comida ni bebida, y con una limitación del aforo del 75%.
Parques y Jardines
Desde el 8 de junio
Jardines y parques con valla perimetral abiertos de 7.30h a 21.30h.
Jardín del Túria, jardines sin valla y otros espacios de esparcimiento al aire libre: libre circulación, sin excepciones.
Ocio Educativo
Desde el 8 de junio
Bibliotecas, museos y salas de exposiciones: abiertas sin aforo limitado, pero garantizando las medidas de distancia, higiene y prevención.
Actividades de ocio educativo, ludotecas y actividades recreativas juveniles con un aforo del 75% y grupos de hasta 25 personas. garantizando las medidas de seguridad.
Ceremonias y culto
Desde el 8 de junio
Velatorios y entierros: se limita el aforo al 50% con un máximo de 50 persnas en exteriores y 25 en espacios cerrados.
Ceremonias no religiosas: aforo del 100% al aire libre y del 50% en espacios cerrados, garantizando la distancia interpersonal y las medidas de higiene.
Las celebraciones que implican servicio de hostalería se ajustarán a lo que esté regulado en esta materia.
Resolución de 6 de septiembre de 2021, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, para el periodo comprendido entre el 7 y el 27 de septiembre de 2021.

